TSXG reconoce derecho a pensión de viudedad por violencia de género sin necesidad de denuncia previa

18/03/2025

El TSXG amplía los derechos de las víctimas: reconocimiento de una pensión de viudedad sin denuncia previa

En una reciente sentencia, fechada de 7 de marzo de 2025, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha reconocido el derecho de una mujer a percibir la pensión de viudedad tras el fallecimiento de su exmarido, pese a no haber presentado una denuncia de violencia de género ni haberse acogido a un sistema de protección institucional. 

Un marco jurídico más flexible e inclusivo

El TSXG fundamentó su decisión en la interpretación del artículo 220.1 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece que las situaciones de violencia de género pueden acreditarse no únicamente mediante sentencia judicial firme, orden de protección o informe del Ministerio Fiscal, sino también “por cualquier otro medio admitido en Derecho”. Este precepto permite flexibilizar los medios de prueba, garantizando el acceso a derechos esenciales a aquellas mujeres que, debido a circunstancias personales, sociales o culturales, no pudieron denunciar formalmente en su momento.

El fallo subraya la necesidad de apartarse de estereotipos que exigen a las víctimas actuar de manera específica, como recurrir obligatoriamente a la vía penal para demostrar la violencia sufrida. Según el tribunal, cada caso debe evaluarse en función de su contexto y sus particularidades, evitando interpretaciones rígidas que puedan revictimizar a las mujeres.

El caso concreto: indicios de violencia en un entorno conflictivo

En este caso en particular, la demandante había relatado a una asesora jurídica del Concello de Vigo el maltrato psicológico que sufría por parte de su exmarido, quien además enfrentaba problemas de alcoholismo. Estos elementos crearon un ambiente de conflictividad en el hogar, una situación que fue presenciada incluso por el hijo en común de la pareja. Aunque no se presentó una denuncia, el TSXG consideró que las pruebas indirectas y los testimonios ofrecidos eran suficientes para acreditar la violencia de género.

El tribunal enfatizó que no se puede exigir a las víctimas de violencia de género el cumplimiento de conductas basadas en un arquetipo de “víctima ideal”. En este sentido, el fallo busca evitar que la falta de denuncia se convierta en un obstáculo insalvable para acceder a derechos como la pensión de viudedad.

Repercusiones

La resolución del TSXG se inscribe en una línea jurisprudencial progresiva que aboga por la protección integral de las víctimas de violencia de género. Si bien la sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, ya genera un impacto significativo al visibilizar las barreras que enfrentan muchas mujeres para denunciar formalmente y al cuestionar la rigidez de los requisitos probatorios tradicionales.