Principales modificaciones y novedades del Real Decreto 86/2025

El BOE de publica el Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero, que regula el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y por aprendizajes informales.
La norma se enmarca en el objetivo de facilitar el retorno a la formación y mejorar la empleabilidad de personas adultas con bajo nivel competencial, en consonancia con las estrategias europeas de aprendizaje a lo largo de la vida.
El Real Decreto consta de:
o Veinticuatro artículos, organizados en seis capítulos.
o Cinco disposiciones adicionales.
o Una disposición transitoria única.
o Una disposición derogatoria única.
o Tres disposiciones finales.
Disposiciones principales del Real Decreto 86/2025
1. Objeto y ámbito de aplicación. El texto establece un procedimiento único en todo el territorio nacional para acreditar las competencias básicas en comunicación en lengua castellana, matemáticas y digital. Se aplicará a personas adultas que no cuenten con los requisitos académicos de acceso a las enseñanzas de Formación Profesional.
2. Marco de Referencia de competencias básicas. Se crea un Marco de Referencia que define los dominios y niveles (del 1 al 4) para cada competencia básica, sirviendo de guía para la evaluación y la orientación de los itinerarios formativos.
3. Organización y gestión del procedimiento. El procedimiento se mantiene abierto de forma permanente, sin necesidad de convocatorias específicas. Del mismo modo, las administraciones competentes coordinarán la difusión del proceso, la formación de los equipos evaluadores y la colaboración con entidades públicas y privadas autorizadas.
4. Fases del procedimiento
o Iniciación (solicitud de inscripción por parte de la persona interesada).
o Evaluación (análisis de evidencias y, si procede, realización de pruebas específicas para comprobar las competencias).
o Finalización (resolución y emisión de la acreditación oficial).
5. Usos y efectos de las acreditaciones
o Facilitan el acceso a la Formación Profesional (Grados C y D) y pueden dar lugar a exenciones en pruebas de acceso o módulos formativos.
o Permiten el reconocimiento de dominios acreditados de manera parcial, de modo que las personas puedan completar su formación hasta el nivel deseado.
Principales novedades de la Evaluación y Acreditación de Competencias Básicas
o Procedimiento gratuito y accesible: se garantiza la igualdad de oportunidades y la no discriminación, así como la adaptación a las necesidades de cada persona (por ejemplo, recursos para personas con discapacidad).
o Coordinación con la Formación Profesional: las acreditaciones obtenidas incidirán directamente en la mejora de las posibilidades formativas y profesionales de quienes participen.
o Orientación personalizada: se ofrece acompañamiento durante todo el proceso, desde la fase de información previa hasta la definición de posibles itinerarios formativos tras la acreditación.
o Protección de datos: se refuerzan las medidas para garantizar la privacidad de la información personal y académica de las personas candidatas.
Disposición final tercera. Entrada en vigor
El Real Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». A partir de ese momento, las administraciones competentes desarrollarán e implantarán las medidas previstas para la evaluación y acreditación de las competencias básicas en todo el Estado.