Un trabajador pierde su empleo tras facilitar una estafa | TSJ de Canarias

06/02/2025

El TSJ de Canarias valida el despido de un trabajador que cayó en una estafa

Una negligencia con consecuencias laborales

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado la procedencia del despido disciplinario de un encargado de tienda que transfirió 3.890 euros a estafadores tras recibir una llamada en la que se hicieron pasar por su superior. La empresa alegó que el trabajador incumplió los protocolos internos de seguridad, lo que facilitó el fraude y provocó la pérdida de confianza en su desempeño.

La decisión del TSJC revierte el fallo inicial, que calificó el despido como improcedente. La nueva sentencia considera que la falta de diligencia del trabajador justifica la medida adoptada por la empresa, en virtud de la transgresión de la buena fe contractual.

Los hechos: una estafa telefónica consumada

El trabajador recibió una llamada de un supuesto responsable de la empresa en Portugal, quien le ordenó realizar un pago urgente para completar una operación comercial. Sin verificar la autenticidad de la solicitud ni consultar a sus superiores, el empleado activó 85 tarjetas de recarga de Google Play y Amazon y envió los códigos a los estafadores.

La empresa detectó el fraude cuando ya era demasiado tarde para recuperar el dinero, lo que motivó la decisión de despedir al trabajador por negligencia grave.

Fundamentos jurídicos del despido

El TSJC basa su decisión en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, que permite el despido disciplinario cuando un trabajador incurre en una transgresión grave de la buena fe contractual o en un abuso de confianza en el desempeño de su trabajo.

El tribunal considera que el trabajador, en su posición de encargado de tienda, debía conocer y aplicar los protocolos internos de seguridad. La falta de verificación de la orden recibida y la ausencia de consulta con sus superiores constituyen, según la sentencia, una infracción suficientemente grave como para justificar su despido.

Pérdida de confianza

Uno de los argumentos centrales de la sentencia es la pérdida de confianza de la empresa en el trabajador. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reiterado en varias ocasiones que, cuando un empleado incumple gravemente sus obligaciones, la empresa no está obligada a mantener la relación laboral.

En este caso, la actuación del trabajador no solo generó un perjuicio económico inmediato, sino que evidenció una falta de criterio y prudencia en la gestión de recursos. Para el TSJC, este comportamiento es incompatible con un puesto de responsabilidad, lo que justifica la decisión empresarial.

Conclusión

El TSJC deja claro que, aunque el trabajador fue víctima de un engaño, su negligencia en el cumplimiento de los protocolos de seguridad constituye una causa suficiente para su despido disciplinario. Este caso pone en evidencia el aumento de las estafas telefónicas en el ámbito empresarial y la necesidad de que tanto empresas como empleados refuercen sus mecanismos de prevención.

 Algunas recomendaciones incluyen:

  • Establecer protocolos claros para la verificación de órdenes de pago.
  • Capacitar a los empleados en la detección de fraudes telefónicos y cibernéticos.
  • Implementar sistemas de autorización en dos pasos para transacciones económicas sensibles.