La baja laboral por ansiedad o depresión en España

La baja laboral por ansiedad o depresión es un permiso temporal que permite a un trabajador ausentarse de su puesto cuando su salud mental le impide desempeñar sus funciones. Se trata de un derecho reconocido legalmente, siempre que un médico del sistema público de salud o una mutua colaboradora (en casos de origen laboral) diagnostique el trastorno. La ansiedad, como respuesta natural al estrés, se convierte en un problema cuando es persistente, incontrolable y afecta la vida diaria, llegando a impedir actividades básicas como trabajar o socializar.
Duración y remuneración durante la baja
La duración de la baja varía según el diagnóstico:
· 15 días para trastornos adaptativos con ansiedad o ansiedad y depresión.
· 30 días para ansiedad generalizada.
· 45 días para trastornos fóbicos sin causa clara o ataques de pánico.
· 60 días si existe una afección fisiológica conocida.
En total, la incapacidad temporal (IT) puede extenderse hasta 12 meses, prorrogable a 18 meses si hay posibilidades de recuperación.
Respecto al salario:
· Contingencias comunes (origen no laboral):
- Días 1-3: sin pago (salvo convenio colectivo).
- Días 4-20: 60% de la base reguladora.
- A partir del día 21: 75%.
· Contingencias profesionales (origen laboral):
- 75% de la base reguladora desde el primer día.
El pago lo asume inicialmente la empresa (días 4-15) y luego la Seguridad Social o la mutua.
Pasos para solicitar la baja
1. Diagnóstico médico: Acudir al médico de cabecera o a la mutua (si el origen es laboral) para obtener un informe que certifique la ansiedad o depresión.
2. Entrega del parte médico: Presentar el documento a la empresa en un plazo de 3 días.
3. Seguimiento: Asistir a revisiones médicas periódicas para evaluar la evolución.
¿Puede la empresa rechazar la baja?
La empresa no puede denegar la baja, pero sí solicitar una verificación al sistema público si sospecha fraude. Un despido durante la baja por ansiedad o depresión se considera improcedente, salvo que exista una causa justificada no relacionada con la enfermedad (p. ej., un despido objetivo por motivos económicos).
Documentación necesaria
· Parte médico de baja emitido por un profesional autorizado.
· Comunicación formal a la empresa.
· En casos de prórroga, informes médicos actualizados.
Vuelta al trabajo
Tras el alta médica, el trabajador debe reincorporarse a su puesto. Si persisten limitaciones, el médico puede recomendar adaptaciones (horarios flexibles, redistribución de tareas). La empresa está obligada a facilitar estas medidas siempre que sean razonables.
Apoyo durante la baja
· Seguimiento médico: Revisiones periódicas para ajustar el tratamiento.
· Asesoramiento legal: Los sindicatos o abogados laboralistas pueden ayudar en casos de conflictos con la empresa.
· Terapia psicológica: Recomendada para manejar el trastorno, aunque no es obligatoria para tramitar la baja.
¿Trabajar en otro empleo durante la baja?
No está permitido, salvo autorización expresa de un médico que certifique que la actividad es compatible con la recuperación. Incumplir esto puede derivar en sanciones o la pérdida de la prestación.
¿Y si no hay mejora tras 18 meses?
Si tras 18 meses no hay recuperación, se inicia un proceso para evaluar una incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez). Esta concede una pensión según el grado de limitación, tras una evaluación del Tribunal Médico.
Consideraciones adicionales
· Autónomos: Deben tener al menos 180 días cotizados y estar al día con la Seguridad Social. La baja impacta su actividad, por lo que se recomienda contratar seguros de incapacidad.
· Prevención en la empresa: Fomentar un buen clima laboral, evitar sobrecargas y promover la conciliación reduce el riesgo de trastornos mentales.
En definitiva, la baja por ansiedad o depresión es un recurso vital para proteger la salud mental, con derechos y procedimientos claros en España. Ante cualquier duda, es clave consultar a profesionales médicos y legales para garantizar su correcta aplicación.